DocumentoI - JUNTAS GENERALES DE ÁLAVA Y ADMINISTRACIÓN FORAL DEL TERRITORIO HISTÓRICO DE ÁLAVA
Diputación Foral de Álava
DEPARTAMENTO DE HACIENDA, FINANZAS Y PRESUPUESTOS
Acuerdo 437/2016, del Consejo de Diputados de 12 de julio, que aprueba la suscripción de un convenio con el Concejo de Luna para la recaudación en período ejecutivo de los créditos y derechos correspondientes al mismo
Publicado en: BOTHA Num. 82 , de 20/07/2016
Referencia: BOTHA -2016-82-2617
El artículo 8, párrafo primero, de la Norma Foral 41/1989, de 19 de julio, reguladora de las Haciendas Locales, establece que las entidades municipales y la Diputación Foral colaborarán mediante la suscripción del oportuno convenio, en todos los órdenes de gestión, liquidación, inspección y recaudación de los tributos.
Este principio de colaboración, resulta también aplicable a las relaciones entre la Diputación Foral de Álava y los concejos, dado que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 39 de la Norma Foral 11/1995, de 20 de marzo, de Concejos del Territorio Histórico de Álava, lo dispuesto en el Título II de la Norma Foral reguladora de las Haciendas Locales, será de aplicación a la Hacienda de los concejos.
En base a lo anterior, la Diputación Foral de Álava y el Concejo de Luna, desean suscribir un convenio de colaboración, para la recaudación en período ejecutivo, de los créditos y derechos de dicho concejo.
Teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 8.7), de la Norma Foral 52/1992, de 18 de diciembre, de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de la Diputación Foral de Álava.
Visto el informe emitido al respecto por el Servicio de Normativa Tributaria.
En su virtud, a propuesta del diputado de Hacienda, Finanzas y Presupuestos, y previa deliberación del Consejo de Diputados en sesión celebrada en el día de hoy,
ACUERDO
Primero. Aprobar la suscripción con el Concejo de Luna, del convenio para la recaudación en período ejecutivo, de los créditos y derechos correspondientes al citado Concejo, que figura en el anexo al presente Acuerdo.
Segundo. Autorizar al diputado de Hacienda, Finanzas y Presupuestos para la suscripción del convenio a que se refiere el apartado anterior, así como de cuantos documentos sean necesarios para su ejecución.
En Vitoria-Gasteiz, a 12 de julio de 2016
diputado general
ramiro gonzález vicente
diputado dehacienda, finanzas ypresupuestos
josé luis cimiano ruiz
directora dehacienda
teresa viguri martínez
director definanzas ypresupuestos
iñaki aldekogarai labaka