DocumentoI - JUNTAS GENERALES DE ÁLAVA Y ADMINISTRACIÓN FORAL DEL TERRITORIO HISTÓRICO DE ÁLAVA
JUNTAS GENERALES DE ÁLAVA
Norma Foral 3/2017, de 15 de marzo, de convalidación del Decreto Normativo de Urgencia Fiscal 2/2017, de 28 de febrero, que modifica el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas en relación con las denominadas cláusulas suelo
Publicado en: BOTHA Num. 35 , de 24/03/2017
Referencia: BOTHA -2017-35-1056
Las Juntas Generales de Álava en su sesión plenaria celebrada el día 15 de marzo de 2017, han aprobado la siguiente norma foral:
Norma Foral 3/2017, de 15 de marzo, de convalidación del Decreto Normativo de Urgencia Fiscal 2/2017, de 28 de febrero, que modifica el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas en relación con las denominadas cláusulas suelo.
PREÁMBULO
Conforme a lo autorizado por el artículo 8 de la Norma Foral 6/2005, de 28 de febrero, General Tributaria de Álava, el Consejo de Gobierno Foral ha dictado, por razones de urgencia, el Decreto Normativo de Urgencia Fiscal 2/2017, de 28 de febrero, que modifica el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas en relación con las denominadas cláusulas suelo.
El apartado 2 del referido artículo 8 establece la necesidad de someter dichas disposiciones de carácter general a las Juntas Generales para su convalidación o revocación de conformidad con lo establecido en la normativa vigente.
Una vez cumplido dicho trámite y adoptado el acuerdo de convalidación por el Pleno de las Juntas Generales, de conformidad con lo establecido en el artículo 147 de la Norma Foral 17/2013, de 22 de abril de 2013, de modificación del Reglamento de funcionamiento de las Juntas Generales de Álava, procede dictar norma foral convalidante del Decreto Normativo de Urgencia Fiscal citado.
ARTÍCULO ÚNICO. Se convalida el Decreto Normativo de Urgencia Fiscal 2/2017, de 28 de febrero, que modifica el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas en relación con las denominadas cláusulas suelo.
Vitoria-Gasteiz, 15 de marzo de 2017
Elpresidente
PEDRO IGNACIO ELÓSEGUI GONZÁLEZ DE GAMARRA